Mediacion Conciliacion y arbitraje

RETRASOS EN LA JUSTICIA. SOLUCIONES: MEDIACION CONCILIACION Y ARBITRAJE

Métodos Adecuados de Solución de Conflictos

Los retrasos en la justicia, están siendo desorbitados, ya no sabemos que decir a los clientes, en estos momentos los métodos de resolución de conflictos extrajudiciales se ven como una solución.

Entre ellos se encuentran la Mediación, el arbitraje y la Conciliación, especialidades que tratamos en AOH Mediadores.

Acudir a uno de estos métodos te puede ahorrar cinco meses mínimo de tramitación judicial. Recientemente el anterior decano del Colegio de Abogados de Madrid en un artículo, en Confilegal, recomienda acudir a los mismos para una mejor defensa de los intereses de los clientes, con estas palabras:

Voy a seguir recomendando la utilización por la ciudadanía y por los abogados de los medios alternativos de resolución de conflictos, especialmente la mediación y el arbitraje, como únicos mecanismos eficaces de defensa de los derechos subjetivos frente a una Administración de Justicia que, sencillamente, no funciona.

Jose Maria Alonso. Confilegal

Si esto lo dice el anterior Decano del Colegio de Abogados de Madrid, como estará la situación, como para no utilizarlos

¿Qué conflictos se pueden resolver por estos procedimientos?

Todo tipo de conflictos que las partes puedan disponer, puedes ver las distintas especialidades en nuestra pagina.

¿Sabes como acudir a ellos?.

En primer lugar hay que decir que acudir a estos medios, es voluntario, es necesario un pacto previo, incluirlo en un contrato, o posterior, han de estar las dos partes de acuerdo, una vez pactado se puede acudir a estos medios de solución de conflictos.

Una vez iniciado el procedimiento, el procedimiento sigue siendo voluntario en la Mediación y la Conciliación. Sin embargo, el arbitraje ya no se puede parar hasta la finalización del mismo salvo que ambas partes estén de acuerdo.

¿Cuales son las diferencias entre los mismos?

Tanto en el arbitraje como la conciliación, las partes son los dueños del procedimiento. Son las partes las que deciden dar solución a su problema, con la ayuda del Mediador o el conciliador.

La diferencia en España, que no en otros países entre el mediador y el conciliador, es que este último tiene un papel más activo en la consecución del acuerdo que el mediador, que acompaña a las partes en la solución del problema.

En el arbitraje, un tercero da una solución al problema que es de obligado cumplimiento, que se documenta en lo que se denomina laudo

¿Es obligatorio cumplir el acuerdo o la resolución?

En todos los casos, el acuerdo en conciliación o mediación, y el laudo, son de obligado cumplimiento, tienen el mismo valor que una sentencia. Se puede acudir a los tribunales y podemos obtener un cumplimiento forzoso, mediante orden judicial embargo u otras resolución.

¿Es caro acudir a estos procedimientos?

Estos procedimientos tienen el coste del mediador, conciliador o arbitro. En el caso del arbitraje, lo paga el que pierde. Pero más caro es que tras uno o tres años de pleito, no se pueda ejecutar la condena, o se creen situaciones de hecho irreversibles, o de difícil solución.

¿En AOH teneis todos los métodos de resolución de Conflictos?

En AOH realizamos la mediación y la conciliación, el arbitraje lo encomendamos a la corte de Arbitraje de la Asociación Nacional de Jurisdicción Arbitral, ANJAR ya que es una corte ágil y con honorarios adecuados para todo tipo de clientes.

¿Si necesitas mas información puedes preguntarnos o visitar nuestra pagina web.