Delegaciones
Madrid
Avenida de la Albufera 321, Planta 3, Oficina 11.
Madrid.
Alicante
Calle Juan Sanchis Candela 23.
Alicante.
Barcelona
Avenida de Roma 121.
Barcelona.
Castellón
Plaza del Huerto de Sogueros 1, entresuelo 6.
Castellón.
Valencia
Calle Molinell , 35.
Valencia.
Málaga
Carril de la Chupa, nº 4, bl 24º C.
Málaga.
Vizcaya
Calle Ledesma, 4 3º.
Bilbao.
Valencia
Calle Molinell , 35.
Valencia.
Extremadura
Calle Groizard 10 2ºB.
Don Benito.
Vigo
Calle Alfonso XIII, 28, Planta 1.
Vigo.
Coruña
Canton Grande 26 9º B.
A coruña.
París
50, rue Boissière. 75116
Paris. +33 (0)1 47 20 92 92.
Murcia
Pintor Villacis, nº 4, 3º B
Cantabria
Santander 6, 1º d
(Castro Urdiales)
Cantabria
Calvo Sotelo 19, 4 , 2
(Santander)
Soria
San Juan de Rabanera, 2 Bajo.
42002 Soria
Cádiz
San José 25.
11003 CÁDIZ.
Jerez de la Frontera
Plaza Hauries, Edf. Jerez 74, Planta 4ª, Ofc. 12.
Jerez de la Frontera – Cádiz
Sta. Cruz de Tenerife
Calderón de la Barca nº 6, Edificio F, 7º Derecha.
38005 Santa Cruz de Tenerife
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MEDIADORES MERCANTILES Y CIVILES
La mediación y el trabajo de los mediadores es cada día más utilizado en España, fue instaurada en el año 2012 según Decreto Real regulador 5/2012 cuyo objetivo es la mediación en asuntos civiles y mercantiles.
La mediación mercantil y civil se convirtió en una alternativa al proceso Judicial, pudiendo brindar a las organizaciones involucradas en un conflicto un papel activo en la solución del problema y no dejar esta decisión en manos de un tribunal. Pero si no se puede llegar a un acuerdo entre las partes se continuara con el proceso tradicional ya conocido.
PRINCIPIOS DE AOH MEDIADORES
La mediación mercantil y civil es un proceso relativamente sencillo en donde uno de nuestros mediadores ofrece a las partes que se encuentra en conflicto una manera de resolver las diferencias de una forma aceptada por ambas. Para que este proceso se concrete de manera efectiva se debe cumplir con los siguientes principios:
- Voluntaria y libre disposición. Se debe entender que la mediación es discrecional de las partes y la misma se debe dar en buena fe.
- Debe haber igualdad entre las partes e imparcialidad del mediador. Es de suma importancia que tanto las partes como el mediador actué sin perjuicios y el mediador en todo momento será imparcial.
- Neutralidad. El mediador no puede imponer ninguna decisión a las partes, pues son ellas las que deben de tomar la misma de forma voluntaria.
- Confidencialidad. Para que todas las partes puedan tener un clima de confianza muy necesario y llegue a un acuerdo, se debe mantener la privacidad de la información que se maneje.
QUIENES PARTICIPAN EN LA MEDIACIÓN MERCANTIL Y CIVIL
En el proceso de mediación participa las partes que son personas, empresas o instituciones que se encuentran inmersos en un conflicto y el mediador que debe ser una persona con experiencia en el proceso y una formación adecuada. Es recomendable que vaya siempre algún representante de la empresa, el administrador, el director comercial, alguien que conozca el asunto, además del abogado de la empresa.
EL PROCESO DE MEDIACIÓN MERCANTIL Y CIVIL
La mayoría de los procesos de mediación se realizan en un tiempo determinado por las partes que puede ser de cuatro sesiones, el mismo se da de forma sencilla y en donde ambas partes estarán satisfechas con los resultados obtenidos.
El proceso comienza cuando por insistencia de una de ella o por un pacto entre los interesados tomen esta vía para solucionar un conflicto y este paso se llama convenio de mediación, posteriormente se envía una solicitud por parte de los mediadores para zanjar el conflicto.
El siguiente paso se llama sesión constitutiva, la cual comienza cuando el mediador cita a las partes para informar las causas que pueden afectar la imparcialidad de la mediación, así como las características, el costo, la organización del proceso y las consecuencias jurídicas de la mediación mercantil y civil. Es en esta etapa cuando se firma el acta en donde se señalan los acuerdos de trabajo.
Tras terminar las etapas planteadas en el acta constitutiva, se procede a la última reunión en donde se da por terminado el procedimiento, señalando los acuerdos alcanzados y firmando las partes y el mediador el acta final.